Las Secretarías de Turismo y Seguridad municipal informan a los vecinos de Villa Ventana que, a partir del lunes 21 de agosto del corriente mes, se llevará a cabo el recambio de postes en mal estado, se retirarán los nomencladores de las calles para repararlos y se sacará la cartelería publicitaria.

Los propietarios de las mismas deberán retirarla en la delegación municipal en el horario habitual de atención al público para posteriormente acondicionarlas de acuerdo a lo que regula la Ordenanza vigente.

A partir del 18 de septiembre los prestadores podrán acercarlos a la delegación, para que personal municipal los instale nuevamente en los postes correspondientes, cumpliendo, de esta manera, con los requerimientos establecidos según la Ordenanza Nº 2774/15 que se detallan a continuación:

ARTÍCULO 8º: Toda cartelería contemplada en la presente ordenanza debe contar con la autorización de la oficina de Inspección previa a su emplazamiento, la que será la encargada de otorgar el permiso de colocación de cartelería y fiscalizar la misma, entregando la numeración correspondiente, la cual coincidirá con el número de habilitación del comercio.

ARTICULO 9º: Solo podrán colocar carteles publicitarios aquellos comercios que cuenten con la Habilitación Municipal, debiendo abonar el canon (publicidad en la vía pública) según lo estipulado en la Ordenanza Fiscal.

ARTÍCULO 11º: Autorícese al D.E a instalar, con carácter de excepción, en los soportes de nomencladores de las calles, cartelería comercial indicativa de los comercios y prestadores turísticos habilitados por este municipio hasta una distancia máxima de 100 mts. en las arterias laterales a las principales de la localidad, Cruz del Sur, Curumalal, Pilla hinco , Las Piedras y Belisario, Cerro de la Carpa, Cerro Napostá.

ARTÍCULO 12º: Los carteles, ubicados en los nomencladores de las calles, utilizarán un color diferente según el rubro del comercio a designar con la Secretaria de Turismo, Cultura y Deporte de la Municipalidad de Tornquist.
Los siguientes comercios podrán contar con carteles del doble del tamaño estipulado: restaurantes, confiterías, casas de té y artesanos.

Se podrán además del cartel en la vereda colocar cartelería DE PROPAGANDA U OFERTA sobre el frente del edificio en coincidencia con la línea de frente de edificación, pudiendo ocupar toda la extensión del ancho de la parcela sin sobre pasar la altura máxima de la fachada del edificio.

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